
¿Estás pensando en presentarte a las Oposiciones de Policía Nacional? Entonces lo primero que debes conocer son los requisitos necesarios para formar parte del Cuerpo Nacional de Policía. Estos son los siguientes:
• Poseer la nacionalidad española.
• No estar privado de los derechos civiles.
• Carecer de antecedentes penales.
• No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
• Tener cumplidos dieciocho (18) años en el año 2022. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año 2021, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.
• No superar durante el año 2022 la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2022 la edad de 41 años.
• Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
• Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior. Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial. Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa. Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
• Altura mínima en 160 cm en hombres y 155 cm en mujeres y no superar en ambos casos 203 cm.
• Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
• Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
• Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Policía Nacional en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general.